Remisión Tributaria y de otras Obligaciones

Mediante la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, se han aprobado varias remisiones que pueden ser de su interés:


 1. Remisión del 75% de intereses y multas: Los sujetos pasivos podrán acceder a una remisión del 75% de intereses y multas, sin que se generen recargos, siempre que realicen el pago de la totalidad de la obligación determinada dentro de los siete (7) días siguientes contados a partir de la notificación del acto determinativo tributario.

 2. Remisión del 100% de intereses, multas y recargos para obligaciones tributarias: Los contribuyentes que paguen la totalidad de las obligaciones tributarias vencidas a la fecha de entrada en vigencia de la ley, o aquellos notificados con comunicaciones de diferencias o actas borrador hasta esa fecha, recibirán una remisión del 100% de intereses, multas y recargos de los tributos administrados por el Servicio de Rentas Internas. El pago debe realizarse en un plazo máximo de 150 días a partir de la publicación de la ley.

 3. Remisión del 100% de intereses y recargos por obligaciones de crédito educativo: Se dispone la remisión del cien por ciento (100%) del interés y recargos generados por las obligaciones de crédito educativo que hayan vencido o por convenios de pago. La condonación incluye interés por mora, multas y gastos administrativos que se hallen pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley.

 4. Remisión del 100% de intereses, multas y recargos para Gobiernos Autónomos Descentralizados: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados, así como sus empresas amparadas en la Ley Orgánica de Empresas Públicas, agencias, instituciones y entidades adscritas, podrán disponer la remisión del 100% de intereses, multas y recargos derivados de los tributos cuya administración y recaudación les corresponda, inclusive el impuesto al rodaje.


 Es importante destacar que cada remisión tiene sus propias condiciones y plazos para acogerse a ellas.


Carlos Campos Vivas

Abogado | Asociado

Canessa Barriga Abogados

 

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